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Entonces, ¿qué me cubre el seguro?

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18/02/2021

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galvanhernandez

Imagino que, en todos los sectores profesionales, los que por tal se tienen, alguna vez han hecho el comentario: tengo para escribir un libro. Y, seguramente, así sea. En el sector de seguros, en general, anécdotas y oportunidades se presentan de continuo. Ni que decir tiene en el ámbito particular de los Corredores de Seguros, que nos encontramos entre las expectativas y deseos de los clientes y las intenciones y prerrogativas de las compañías de seguros.

Cuando uno empieza en la noble profesión de defender, de forma independiente, los derechos e intereses de las personas que deciden asegurar su patrimonio y/o también asegurarse, idealiza, en forma de magnificación, las garantías del seguro; cometiendo el mismo error en el que generalmente incurren los asegurados: pensar que todo está cubierto. Y la realidad diaria, los conocimiento y experiencia borran ese exceso de celo por agradar a tu cliente y, al tiempo, asegurado de la compañía de seguros que le asesoraste para que contratara la póliza.

El asegurado no pierde su deseo de tener todo asegurado -por muy redundante que suene-, por una pequeña cantidad de dinero-digo esto porque lo suele ser respecto de los capitales y garantías recogidas en la póliza de seguro-, por dos razones fundamentales: generalmente desconoce en profundidad el contenido de la póliza y, más importante aún, su ánimo, respecto de los derechos que considera adquiridos, a cambio de lo que para el es una cantidad importante de dinero, en su balanza legal constituye mayor peso que lo se indica en la póliza, que a la postre es un contrato.

Pasa, además frecuentemente, que un día llama el cliente y te va poniendo en antecedentes antes de ir al grano: “llevo pagando toda la vida el seguro; no he tenido nunca un siniestro -en el último año le hemos gestionado en nuestra correduría, dos-; a mi primo, menganito, le paso lo mismo y la compañía le pago todo -casi con toda seguridad, lo que le paso a su primo, no tiene nada que ver con lo que le ocurre a él-”. Y, para abreviar, mostrando la mejor disposición de colaboración, le preguntas: exactamente, ¿en qué consiste el siniestro? Inmediatamente relata lo acontecido, dando pie a una respuesta, por nuestra parte, en negativo sobre la cobertura, argumentada con todo lujo de detalles. Como resorte de bolígrafo, sin dejarte casi acabar la argumentación, te estampa, con un tono menos dulce: entonces, ¿qué me cubre el seguro?

En el deseo, siempre presente en el Corredor de Seguros, de ayudar a su cliente, por supuesto dentro de la legalidad y la ética, quieres pensar que la pregunta no es retórica y te pones a enumerar las múltiples garantías que tiene la póliza que por menos de doscientos euros tiene contratada, asegurando, por ejemplo, la vivienda.

Yo entiendo la pregunta y el lógico desencanto que se produce ante la ruptura de la expectativa generada de aliviarte económicamente ante un hecho que te ha ocurrido y que en tu esquema mental ligas al seguro. Pero, generalmente, las coberturas de las pólizas de seguro son claras y están acotadas en unos parámetros ante la ocurrencia del hecho garantizado.  Y es importante dejar claro que el origen de la cobertura está en el hecho ocurrido, no en el daño sufrido. Es decir, se indemniza o repara por o en el daño sufrido, pero la cobertura reside en el hecho que produjo ese daño.

En la Correduría que represento insistimos a los clientes que ante cualquier situación accidental, súbita e imprevista que sufran, una llamada a cualquiera de nosotros no cuesta nada para aclarar si es objeto de cobertura o no.

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